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ART, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Abogados de ART y accidentes laborales en Villa María

Si te accidentaste trabajando, en el camino al trabajo o tenés una enfermedad causada por tus tareas, te ayudamos a reclamar frente a la ART: rechazos, altas, porcentaje de incapacidad, Comisión Médica y, cuando corresponde, la vía judicial.

Atención presencial en Villa María y virtual en toda la Provincia de Córdoba.

  • General Paz 211, Villa María, Córdoba
  • Atención personalizada
Lerda Simoni & Asociados: te atienden directamente
  • Dr. Juan Rafael Lerda

    Dr. Juan Rafael Lerda

    Abogado, M.P. 4-1157

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    Dr. Valentín Simoni

    Abogado, M.P. 4-1127

Juan Rafael Lerda y Valentín Simoni, abogados de Lerda Simoni & Asociados
  • Dr. Juan Rafael Lerda, M.P. 4-1157
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Tu consulta la atienden directamente nuestros abogados

Cuando nos escribís por un accidente laboral, hablás con nosotros. Revisamos tu situación frente a la ART, te explicamos los pasos en lenguaje claro y te acompañamos en Comisión Médica.

  • Te responde un abogado del estudio, no un intermediario
  • Oficina en General Paz 211, Villa María
  • Te explicamos cada paso en lenguaje claro
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¿En qué situación estás?

Elegí la que más se parece a lo que te pasó. No hace falta conocer términos legales.

  • Tuve un accidente trabajandoTe lastimaste en el lugar de trabajo o haciendo tareas para tu empleador.Ver más

    En general, el accidente debe denunciarse ante la ART para que te brinde atención médica y las prestaciones que correspondan. Si no se hizo la denuncia o tenés dudas sobre cómo se hizo, conviene revisarlo cuanto antes.

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  • Tuve un accidente yendo o volviendo del trabajoEs lo que se conoce como accidente in itinere.Ver más

    Puede estar cubierto por la ART cuando ocurre en el trayecto habitual entre tu casa y el trabajo. Si hubo un cambio de recorrido, pueden existir requisitos adicionales. Analizamos cómo encuadrar tu caso.

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  • La ART rechazó mi accidenteTe notificaron que no reconocen el accidente o la enfermedad.Ver más

    Un rechazo no siempre es definitivo. Según el motivo, puede cuestionarse ante la Comisión Médica y, en su caso, judicialmente. Guardá la notificación y consultá dentro de los plazos.

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  • Me dieron el alta pero sigo con dolorLa ART dio por terminado el tratamiento y no te sentís recuperado.Ver más

    Si no estás de acuerdo con el alta, puede plantearse una divergencia ante la Comisión Médica. Te ayudamos a reunir estudios y constancias médicas que respalden tu situación.

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  • Me dieron el alta sin incapacidadTe dijeron que no te quedó ninguna secuela.Ver más

    Que la ART determine 0% no impide necesariamente un reclamo. La incapacidad puede revisarse en Comisión Médica con tus estudios y la intervención de un abogado.

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  • No estoy de acuerdo con el porcentajeTe reconocieron una incapacidad, pero creés que es menor a la real.Ver más

    El porcentaje define en buena medida la indemnización. Puede revisarse si hay elementos médicos que indiquen secuelas mayores o factores que no se tuvieron en cuenta.

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  • Tengo una enfermedad profesionalUn problema de salud causado por tus tareas o el ambiente de trabajo.Ver más

    Algunas afecciones de columna, auditivas o por esfuerzos repetitivos, entre otras, pueden vincularse con el trabajo según el caso. Analizamos si tu enfermedad está reconocida y cómo acreditar su relación con tus tareas.

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  • Estoy haciendo un trámite ante Comisión MédicaYa iniciaste el trámite o te citaron a una audiencia o revisión.Ver más

    La normativa prevé que cuentes con asistencia de un abogado. Estar acompañado desde el inicio te permite presentar mejor tu caso y evaluar si conviene aceptar o recurrir lo que se resuelva.

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  • La ART no me brinda tratamientoNo te autorizan estudios, medicación, kinesiología o turnos.Ver más

    La ART debe brindar las prestaciones médicas necesarias mientras dure tu recuperación. Si no lo hace o las demora, puede intimarse y, de ser necesario, plantearse el reclamo ante la Comisión Médica.

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  • Me despidieron mientras estaba con ARTTe desvincularon durante el tratamiento o al volver al trabajo.Ver más

    El despido y el reclamo frente a la ART son cuestiones distintas que pueden darse al mismo tiempo. Conviene analizar ambas para no perder derechos, incluido el intercambio telegráfico.

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  • Estaba trabajando sin registrarNo figurabas registrado, o estabas mal registrado, cuando te accidentaste.Ver más

    Aun sin registración pueden existir vías de reclamo. La situación es más compleja, por eso conviene consultar pronto y conservar cualquier prueba de la relación laboral.

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¿Tu caso no aparece en la lista?Contanos qué te pasó (se abre WhatsApp)

¿En qué podemos ayudarte?

Intervenimos en todas las etapas del reclamo frente a la ART.

  • Accidentes de trabajo

    Lesiones sufridas en el lugar de trabajo o durante tus tareas.

  • Accidentes in itinere

    Accidentes en el trayecto habitual entre tu casa y el trabajo.

  • Enfermedades profesionales

    Afecciones causadas por las tareas o el ambiente laboral.

  • Rechazos de la ART

    Cuando la ART no reconoce el accidente o la enfermedad.

  • Divergencia en el alta

    Cuando te dan el alta y no estás recuperado.

  • Falta de prestaciones

    Tratamientos, estudios o medicación negados o demorados.

  • Determinación de incapacidad

    Revisión del porcentaje y de la indemnización.

  • Trámites ante Comisión Médica

    Asistencia y presentación de tu caso en cada audiencia.

  • Reclamos judiciales

    Cuando corresponde continuar el reclamo ante la justicia.

Qué hacer si tuviste un accidente laboral

Estos pasos te ayudan a proteger tus derechos desde el primer momento.

  • Avisá a tu empleador

    Hacelo lo antes posible y pedí que se haga la denuncia ante la ART.

  • Pedí atención médica

    Si la ART no te atiende, buscá atención igual y guardá las constancias.

  • Guardá toda la documentación

    Certificados, estudios, recetas, número de siniestro y notificaciones.

  • Anotá cómo fue

    Fecha, hora, lugar y quiénes estaban presentes.

  • No firmes sin entender

    Altas, conformidades o acuerdos pueden tener consecuencias.

  • Consultá antes de aceptar

    Especialmente si no estás de acuerdo con el alta o el porcentaje.

Cómo trabajamos tu reclamo

  1. Paso 1: Escuchamos tu caso

    Nos contás qué pasó y en qué etapa está el trámite con la ART.

  2. Paso 2: Revisamos la documentación

    Notificaciones, estudios y constancias médicas, para definir el mejor camino.

  3. Paso 3: Te acompañamos en Comisión Médica

    Presentamos tu caso y te asistimos en cada audiencia y revisión.

  4. Paso 4: Evaluamos la vía judicial

    Si el resultado no es adecuado, analizamos con vos si conviene continuar.

Preguntas frecuentes sobre ART y accidentes laborales

Respuestas generales. Cada caso tiene particularidades, por eso siempre conviene consultarlo.

La ART me dio el alta y sigo con dolor, ¿qué puedo hacer?

Si no estás de acuerdo con el alta, en general puede plantearse una divergencia ante la Comisión Médica para que se revise si el tratamiento realmente terminó.

Conviene hacerlo con estudios y constancias médicas que muestren que la lesión sigue afectándote. Mientras tanto, guardá la notificación del alta y no firmes conformidades que no entiendas.

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La ART rechazó mi accidente, ¿se puede reclamar?

En muchos casos sí. El rechazo puede deberse a distintos motivos: que la ART considere que no fue un accidente de trabajo, que no se denunció a tiempo o que la lesión no tiene relación con las tareas.

Según el motivo, el rechazo puede cuestionarse ante la Comisión Médica y, si corresponde, en la vía judicial. Lo importante es revisar la notificación y actuar dentro de los plazos.

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¿Qué es una enfermedad profesional?

Es una enfermedad causada por el tipo de tareas que realizás o por el ambiente en el que trabajás, por ejemplo por esfuerzos repetitivos, posturas, ruido o exposición a determinadas sustancias.

Existe un listado de enfermedades reconocidas, pero que una afección no figure allí no siempre impide reclamar. Puede ser necesario demostrar la relación entre la enfermedad y el trabajo, y eso se analiza caso por caso.

¿Está cubierto el accidente camino al trabajo?

El accidente ocurrido en el trayecto entre tu casa y el trabajo, conocido como in itinere, puede estar cubierto por la ART cuando sucede en el recorrido habitual y sin interrupciones que no tengan que ver con el trabajo.

Si hubo un cambio de recorrido por estudio, por atender a un familiar u otra razón, pueden existir requisitos adicionales. Conviene consultarlo con la información de cómo y dónde ocurrió.

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¿Qué pasa si la ART determina 0% de incapacidad?

Que la ART considere que no te quedaron secuelas no significa necesariamente que sea así. Esa evaluación puede revisarse ante la Comisión Médica.

Para eso es importante contar con estudios, informes médicos y antecedentes del tratamiento. Si existen secuelas acreditables, puede corresponder el reconocimiento de un porcentaje de incapacidad y la indemnización asociada.

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¿Cómo se determina la incapacidad?

La incapacidad se expresa como un porcentaje y se determina a partir de la evaluación médica de las secuelas, aplicando tablas y criterios previstos en la normativa. También pueden tenerse en cuenta factores como la edad o el tipo de tareas.

Como el porcentaje influye directamente en la indemnización, conviene revisar que la evaluación haya considerado todas las lesiones y estudios disponibles.

¿Qué pasa si no estaba correctamente registrado?

Si trabajabas sin registrar o con una registración incorrecta, el accidente igualmente puede dar lugar a reclamos. La situación es más compleja, porque puede no haber una ART que cubra el caso o puede discutirse quién debe responder.

Por eso es útil reunir toda prueba de la relación laboral: mensajes, recibos, testigos, horarios. Analizamos cada caso para definir contra quién y por qué vía reclamar.

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¿Puedo reclamar si me despiden?

El despido no extingue, por sí solo, los derechos vinculados al accidente o la enfermedad. El reclamo frente a la ART y el reclamo por despido son distintos y, según el caso, pueden tramitarse en paralelo.

Además, la legislación prevé protecciones especiales en algunos supuestos de despido durante una licencia por enfermedad o accidente. Conviene consultar antes de firmar cualquier acuerdo o responder telegramas.

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¿Qué es la Comisión Médica?

Es el organismo administrativo que interviene en los conflictos entre trabajadores y ART, por ejemplo por rechazos, altas o porcentajes de incapacidad. En la Provincia de Córdoba, en general, es la instancia previa que debe transitarse antes de un reclamo judicial.

La normativa prevé que el trabajador cuente con asistencia de un abogado durante el trámite. Lo que se resuelva allí puede, según el caso, recurrirse.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Existen plazos legales para reclamar, y algunos trámites tienen plazos propios más cortos, por ejemplo para cuestionar decisiones de la ART o de la Comisión Médica.

El plazo que se aplica depende del tipo de reclamo y de cuándo se conocieron las secuelas. Como dejar pasar el tiempo puede hacer perder derechos, lo recomendable es consultar cuanto antes y con la documentación a mano.

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¿Qué prestaciones debe brindar la ART?

En términos generales, la ART debe brindar atención médica, medicación, estudios, rehabilitación y traslados necesarios para tu recuperación, además de prestaciones económicas mientras no puedas trabajar.

Si quedan secuelas permanentes, puede corresponder una indemnización según el porcentaje de incapacidad. El alcance concreto depende de cada situación.

¿Qué pasa si la ART deja de brindar tratamiento?

Si la ART suspende o demora el tratamiento sin darte el alta, o te niega estudios o prestaciones que necesitás, puede intimarse a que cumpla y, si no lo hace, plantearse el reclamo ante la Comisión Médica.

Es importante dejar constancia de cada pedido y cada negativa, y guardar indicaciones médicas, turnos y comunicaciones.

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